7 preguntas frecuentes acerca del Fideicomiso de Garantía
A pesar de que el fideicomiso no es nuevo en la República de Panamá (la legislación vigente es de 2017, pero data de 1925), no es hasta años recientes que su utilización ha venido incrementándose hasta convertirse en uno de los principales mecanismos, por no decir el principal, de garantía en la financiación bancaria de automóviles.
También se utiliza como instrumento para financiar bienes inmuebles aunque en menor medida, ya que no otorga los mismos incentivos fiscales de que gozan las hipotecas (intereses preferenciales, deducciones de intereses hipotecarios del Impuesto Sobre la Renta).
En el fideicomiso en garantía podemos decir que los bienes se entregan como un compromiso financiero de que lo acordado se va a cumplir. Todas las condiciones se reducen a cumplir el contrato planteado, y obviamente, al momento de que el cliente realice las obligaciones, los bienes en cuestión serán devueltas inmediatamente.
En este artículo detallamos en 7 preguntas y respuestas frecuentes los aspectos más relevantes del fideicomiso o fiducia en garantía.
-
¿Qué es un fideicomiso de garantía?
Es un contrato por medio del cual una persona llamada fideicomitente (deudor) transfiere bienes a otra denominada fiduciario para que dichos bienes sirvan de garantía a una obligación contraída con otra persona denominada beneficiario (acreedor).
-
¿Quiénes intervienen en un fideicomiso de garantía?
En todo fideicomiso de garantía intervienen tres partes:
1.- El fideicomitente: Es la persona que recibe la financiación para comprar el bien, la cual a su vez transfiere dicho bien al fiduciario como garantía del financiamiento recibido.
2.- El fiduciario: Es la persona a la cual el fideicomitente transfiere el bien dado en garantía.
3.- El beneficiario: Es la institución crediticia que otorga el crédito que se encuentra garantizado con el bien transferido al fiduciario.
-
¿Cuáles son los fines de un fideicomiso de garantía?
En todo fideicomiso de garantía el fin esencial es asegurarle al beneficiario (acreedor) que el fideicomitente (deudor) pagará en forma fiel y puntual el capital e intereses del financiamiento otorgado.
-
Los bienes aportados como garantía
Estos bienes que se incorporan al fideicomiso se convierten en la garantía de las obligaciones contraídas con la entidad bancaria o financiera que financió su compra.
-
¿Qué tipo de derechos tiene el fiduciario sobre los bienes dados en garantía?
Los derechos que tiene el fiduciario se limitan al cumplimiento de los fines del fideicomiso que consisten en garantizar al beneficiario el pago de la obligación contraída por el fideicomitente. Esto quiere decir que el fideicomitente tendrá un control total del bien que actúa como garantía que adquiere mientras se encuentre al día con las obligaciones contraídas con el beneficiario y cumpla con los términos del fideicomiso.
Sólo en caso de incumplimiento de estas obligaciones el fiduciario tendrá derecho a disponer del bien dado en garantía a fin de que el beneficiario logre el pago de las obligaciones pendientes.
-
¿Cómo se realiza la transacción?
Una vez que la financiación ha sido aprobada por la entidad financiera el fideicomitente suscribirá los siguientes documentos:
1) Contrato de Préstamo: Es el documento que contiene los términos y condiciones de la obligación adquirida por el Fideicomitente con el Beneficiario. Describe toda la transacción y especifica los derechos y obligaciones de la partes.
2) Contrato de Fideicomiso: Es el contrato que da nacimiento a la relación fiduciaria entre una fiduciaria, la entidad financiera y el fideicomitente. Este contrato se firmará cada vez que se otorgue una financiación y a través del mismo se transferirá a la fiduciaria, en fideicomiso, la propiedad del bien, un automóvil por ejemplo, dado en garantía.
-
¿Qué beneficios proporciona el fideicomiso de garantía?
Reducción de los gastos legales y rapidez de la transacción: El fideicomiso que verse sobre automóviles no tiene que ser elevado a Escritura Pública ni tiene que ser inscrito en el Registro Público, lo cual reduce los gastos de su constitución y hace la transacción mucho más rápida y dinámica.
Rapidez en la ejecución de las garantías: En caso de incumplimiento de la obligación, las garantías pueden ejecutarse inmediatamente sin necesidad de trámite judicial alguno, ya que los bienes dados en fideicomiso constituyen un patrimonio autónomo a favor del fiduciario, quien ejercería un derecho de propiedad y no un derecho crediticio (como en la hipoteca).
Solicite más información sin compromiso a nuestro equipo de profesionales especialistas en el negocio fiduciario.
Fernando Sucre Míguez nació en la ciudad de Panamá, República de Panamá en 1967.
Desde 1990 es Licenciado en Derecho y Ciencia Políticas de la Universidad de Panamá. En 1995 fundó la firma forense Sucre, Briceño & Co., especializándose en Derecho Corporativo y Financiero, siendo reconocido en esos campos por Chambers & Partners y Legal 500.
En adición, ha laborado en el sector público de Panamá ocupando el cargo de Director de Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno y Justicia en dos oportunidades, en 1991 y 1999 y designado Viceministro Encargado del Ministerio de Gobierno y Justicia en el 2001. En el año 2002, el Órgano Ejecutivo lo declara idóneo para ocupar el puesto de Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Actualmente es Cónsul Honorario de Nueva Zelandia en Panamá.
Paralelamente ha desarrollado una carrera como empresario financiero e inmobiliario a través de sus propias compañías. Es Fundador y Presidente de la Junta Directiva de Grupo Financiero CF, sociedad controladora de las empresas Central Fiduciaria, S.A., Central Financiera de Créditos, S.A., y CF Services, Inc.
Es miembro de la Junta Directiva de la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá.
Por su experiencia ha ocupado puestos en las juntas directivas de:
Mi Banco, S.A., BMF
Grupo Financiero Rapi Préstamos, S.A.,
GS Relocation Panamá, S.A.
Canal Bank, S.A.
Nacional de Seguros de Panamá y Centroamérica, S.A.
Ha publicado innumerables artículos en el diario La Prensa, y los suplementos Martes Financiero y Épocas, especializándose en temas relacionados con la realidad económica mundial y la historia panameña.
Sus publicaciones incluyen:
“El Uso de la Tarjeta de Crédito en Panamá” 1990.
“La Búsqueda de Nuestra Identidad” 2006.
“El Triunfo de un Estadista, Vida y Obra de Enrique Jiménez” 2010.
“Cruzando Fronteras, Los Sellos de Panamá como Expresión de Historia, Cultura e Identidad” 2015
“Diablos Rojos Forever” 2017
“El Árbol Deshojado, Historia de Aristides Royo y su Época” 2018.
No hay comentarios