Cómo crear un trust en Panamá: ventajas y usos frecuentes
Cómo es conocido podemos considerar a Panamá como una de las jurisdicciones más favorables a nivel mundial para llevar a cabo negocios de índole internacional. Especialmente por aspectos tan relevantes como las condiciones para proteger activos, su preciado secreto bancario, una legislación proclive a la inversión extranjera directa, una fiscalidad y régimen tributario menos gravoso o la versatilidad que dan figuras jurídicas como el fideicomiso para recoger todas esas ventajas.
En este artículo vamos a hablar acerca de cómo crear un trust en Panamá.
¿Qué es un trust o fideicomiso?
Como hemos hablado en diferentes artículos de nuestro blog, un trust es una herramienta legal que se articula a través de un contrato donde una persona llamada fideicomitente constituye el fideicomiso en virtud del cual transfiere unos bienes a una persona o entidad, denominada fiduciario, para que los administre en favor de uno o varios beneficiarios. Esta es la definición aproximada que cita la Ley 21 de 10 mayo de 2017 que regula el negocio fiduciario en Panamá.
Panamá es reconocida mundialmente por poseer una jurisdicción favorable para llevar a cabo cualquier tipo de actividad financiera y comercial internacional, especialmente si hablamos de los trust o fideicomiso ya que la normativa que regula este tipo de contratos son especialmente estrictas en lo que se refiere a confidencialidad.
Ventajas de crear un trust en Panamá
- Garantizan altos niveles de confidencialidad ya que el contrato donde se articula el fideicomiso es un documento privado que no requiere de registro público.
- Los trust en Panamá no son de carácter perpetuo, a menos que así lo indique el fideicomitente, y puede ser cancelado o revocado antes de su vencimiento si así se estipula en el mismo.
- El fideicomitente puede ser el fideicomisario o beneficiario.
- Fideicomitente, fiduciario y beneficiarios pueden ser tanto personas físicas como jurídicas.
- Los trust disfrutan de exención de impuestos permitiendo una planificación efectiva a nivel fiscal.
- Los fideicomisos permiten asegurar un patrimonio e ingresos a las siguientes generaciones.
- Gracias al fideicomiso testamentario se pueden evitar las reglas de la herencia forzosa y asegurar una total privacidad en el acto.
- Los trust panameños están protegidos frente a reclamaciones de terceros.
- Garantizan un altísimo nivel de anonimato.
Las fundaciones privadas en Panamá
Entre las actividades que se pueden derivar los trust, podemos encontrar a las fundaciones de interés privado en Panamá, figura jurídica de la que hemos hablado en numerosas ocasiones en nuestro blog.
Las fundaciones nacen con la finalidad de mantener confidencialidad sobre la propiedad de los activos que la forman y la obtención de beneficios fiscales.
Podemos situarla como una combinación entre una empresa y un fideicomiso, es decir, que tienen una actividad análoga donde los bienes que las forman están separados de los bienes de sus promotores. Las fundaciones nacen con la finalidad de mantener confidencialidad sobre la propiedad de los activos que la forman y la obtención de beneficios fiscales. Las sociedades anónimas se crean para llevar a cabo actividades netamente comerciales.
En la fundación, a diferencia de las corporaciones, no hay dueños, ya que carecen de acciones o de cualquier otro tipo de participación. Se rigen por un Consejo Fundacional del que pueden saber más en este artículo.
¿Con qué finalidad y usos se crean las fundaciones?
Detallamos algunos de los usos más frecuentes que suelen darse a las fundaciones de interés privado en Panamá.
- Que actúe como propietaria de empresas familiares y así evitar el pago de los impuestos derivados de las sucesiones.
- Como garantía de pago o distribución de activos, cualesquiera que sea su índole, a los miembros de una o varias familias.
- Para que reciba donaciones de tipo humanitario, científico, de caridad o filantrópicas y que sirva para la gestión de esos fondos.
- Protección de activos a nivel familiar.
- Para administrar los regímenes de prestaciones a los empleados y planes de pensiones.
- Como sustituto a acuerdos matrimoniales y prematimoniales.
- Como tenedora de activos como acciones de cualquier corporación privada.
- Como vehículo para ser la propietaria de derechos de bienes inmateriales, por ejemplo de patentes o de propiedad intelectual o bienes materiales: bienes raíces, vehículos, buques u obras de arte valiosas.
- En general, para cualquier situación que permita proteger activos.
Estas podrían ser algunas de las características más destacables que han hecho de los trust y las fundaciones de interés privado en Panamá un excelente vehículo de planificación patrimonial y protección de activos con un anonimato y seguridad.
Consúltenos sin compromiso, en Central Fiduciaria, S.A. somos especialistas en brindar soluciones personalizadas adaptando las necesidades de cada cliente en función de la legislación actual.
Fernando Sucre Míguez nació en la ciudad de Panamá, República de Panamá en 1967.
Desde 1990 es Licenciado en Derecho y Ciencia Políticas de la Universidad de Panamá. En 1995 fundó la firma forense Sucre, Briceño & Co., especializándose en Derecho Corporativo y Financiero, siendo reconocido en esos campos por Chambers & Partners y Legal 500.
En adición, ha laborado en el sector público de Panamá ocupando el cargo de Director de Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno y Justicia en dos oportunidades, en 1991 y 1999 y designado Viceministro Encargado del Ministerio de Gobierno y Justicia en el 2001. En el año 2002, el Órgano Ejecutivo lo declara idóneo para ocupar el puesto de Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Actualmente es Cónsul Honorario de Nueva Zelandia en Panamá.
Paralelamente ha desarrollado una carrera como empresario financiero e inmobiliario a través de sus propias compañías. Es Fundador y Presidente de la Junta Directiva de Grupo Financiero CF, sociedad controladora de las empresas Central Fiduciaria, S.A., Central Financiera de Créditos, S.A., y CF Services, Inc.
Es miembro de la Junta Directiva de la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá.
Por su experiencia ha ocupado puestos en las juntas directivas de:
Mi Banco, S.A., BMF
Grupo Financiero Rapi Préstamos, S.A.,
GS Relocation Panamá, S.A.
Canal Bank, S.A.
Nacional de Seguros de Panamá y Centroamérica, S.A.
Ha publicado innumerables artículos en el diario La Prensa, y los suplementos Martes Financiero y Épocas, especializándose en temas relacionados con la realidad económica mundial y la historia panameña.
Sus publicaciones incluyen:
“El Uso de la Tarjeta de Crédito en Panamá” 1990.
“La Búsqueda de Nuestra Identidad” 2006.
“El Triunfo de un Estadista, Vida y Obra de Enrique Jiménez” 2010.
“Cruzando Fronteras, Los Sellos de Panamá como Expresión de Historia, Cultura e Identidad” 2015
“Diablos Rojos Forever” 2017
“El Árbol Deshojado, Historia de Aristides Royo y su Época” 2018.
Ricardo Guerra
Publicado a las 18:07h, 29 octubrecual seria el costo para poner un apartamento en un fideicomiso? Tengo un familiar que quiere dejar un apartamento a cada miembro de la familia.
Central Fiduciaria
Publicado a las 07:17h, 04 marzoLe contactamos por email Ricardo.
Miguel Reynoso
Publicado a las 23:07h, 03 junioCentral Fiduciaria: desde México, me harían el favor de darme acceso vía email
J. Ortiz
Publicado a las 17:22h, 14 noviembreMe interesa firmar una fit en Panamá, como nos podemos comunicar.