El blanqueo de capitales, ¿En qué consiste esta práctica ilícita?
El Gobierno de Panamá lleva realizando importantes esfuerzos en materia política, fiscal y jurídica para adaptar su normativa a los estándares mundiales con el único objetivo de combatir de forma exitosa la prevención del blanqueo de capitales.
Bajo estas premisas adaptó y amplio su ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del terrorismo del año 2015 hace ahora 2 años, imponiendo medidas y mecanismos más efectivos para controlar este tipo de actos delictivos.
En este artículo hablaremos de lo que significa blanqueo de capitales y todo lo que tiene que ver con esta actividad ilícita.
¿Qué es el Blanqueo de Capitales?
El blanqueo de capitales es también denominado lavado de dinero o lavado de activos, y es una actividad completamente ilegal qué consiste en disimular el origen de fondos que provienen de actividades ilegales o de naturaleza criminal para darles una apariencia legal, y de alguna forma introducir ese dinero obtenido de forma ilícita en el sistema financiero. A esto se le conoce coloquialmente como blanquear dinero.
El artículo 254 del Código Penal panameño establece cuáles son las actividades delictivas procedentes del blanqueo de capitales en la República de Panamá.
¿Cuáles son las etapas del Blanqueo de Capitales?
1 – Etapa de Colocación
En esta primera fase de colocación, que por lo general se lleva a cabo cerca del lugar donde se han cometido las actividades ilícitas que han dado origen a los mismos, se introduce el dinero en el sistema financiero obtenido procedente de la actividad ilegal.
El ejercicio de introducir el dinero se lleva a cabo de diferentes maneras, aunque por regla general el denominador común de esta actividad es que el dinero se fracciona en cantidades más pequeñas y se va introduciendo poco a poco dentro del sistema financiero.
2 – Etapa de Estratificación
Una vez que el dinero está colocado en el sistema da comienzo la segunda fase del blanqueo de capital. En esta etapa el objetivo es eliminar cualquier relación de los fondos con su fuente de origen.
Para ello, las personas encargadas de realizar este lavado de dinero realizan numerosas transferencias a través de cuentas situadas en diferentes partes del mundo, compran y venden productos de inversión o realizan transacciones comerciales ficticias para precisamente maquillar y disimular el origen de los fondos.
3 – Etapa de integración
Una vez eliminado cualquier vínculo de relación entre el origen y fuente de obtención de ese dinero que se está blanqueando se pasa a la última fase del blanqueo de capitales, es decir la integración, que ocurre justo cuando esos fondos obtenidos de la actividad ilícita regresan a su propietario y entran en la economía real.
Para llevar a cabo esta integración existen diferentes métodos: inversión en negocios legítimos, adquiriendo propiedades inmobiliarias o a través de la compra de bienes de lujo objetos de arte.
¿Qué efectos negativos genera el Blanqueo de Capitales para el país?
El blanqueo de capitales genera mucho daño al país que lo sufre, debilita la integridad de sus mercados financieros, genera competencia desleal, se sufre una pérdida de control de su política económica y, por supuesto, representa un descrédito internacional afectando de manera notable a la reputación del país.
El blanqueo de capitales supone un descrédito internacional que afecta de manera notable a la reputación del país que lo padece
¿Cuáles son los delitos procedentes al Blanqueo de Capitales?
Conforme a lo establecido en el Código Penal de la República de Panamá, los delitos precedentes del Blanqueo de Capitales, según la nueva reforma al código penal del artículo 254 son los siguientes:
- Soborno Internacional
- Delitos contra el derecho de autor y delitos conexos
- Contra los derechos de la propiedad industrial
- Tráfico ilícito de migrantes
- Trata de personas
- Tráfico de órganos
- Delitos contra el ambiente
- Delitos de explotación sexual comercial
- Delitos contra la personalidad jurídica del estado
- Delitos contra la seguridad jurídica de los medios electrónicos
- Estafa calificada
- Robo
- Delitos Financieros
- Secuestro
- Extorsión
- Homicidio por precio o recompensa
- Peculado
- Corrupción de servicios públicos
- Enriquecimiento injustificado
- Pornografía y corrupción de personas menores de edad
- Robo o tráfico internacional de vehículos y sus piezas o componentes
- Falsificación de documento en general
- Omisión o falsedad de la declaración aduanera del viajero respecto a dineros, valores o documentos negociables
- Falsificación de moneda y otros valores
- Delito contra el patrimonio histórico de la nación
- Delito contra la seguridad colectiva
- Terrorismo y Financiamiento del terrorismo
- Delitos relacionados con droga
- Piratería
- Delincuencia organizada
- Asociación Ilícita
- Pandillerismo
- Posesión y tráfico de armas y explosivos y apropiación y sustracción violenta de material ilícito
- Tráfico y receptación de cosas provenientes del delito
- Delitos de contrabando
- Defraudación aduanera
Fernando Sucre Míguez nació en la ciudad de Panamá, República de Panamá en 1967.
Desde 1990 es Licenciado en Derecho y Ciencia Políticas de la Universidad de Panamá. En 1995 fundó la firma forense Sucre, Briceño & Co., especializándose en Derecho Corporativo y Financiero, siendo reconocido en esos campos por Chambers & Partners y Legal 500.
En adición, ha laborado en el sector público de Panamá ocupando el cargo de Director de Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno y Justicia en dos oportunidades, en 1991 y 1999 y designado Viceministro Encargado del Ministerio de Gobierno y Justicia en el 2001. En el año 2002, el Órgano Ejecutivo lo declara idóneo para ocupar el puesto de Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Actualmente es Cónsul Honorario de Nueva Zelandia en Panamá.
Paralelamente ha desarrollado una carrera como empresario financiero e inmobiliario a través de sus propias compañías. Es Fundador y Presidente de la Junta Directiva de Grupo Financiero CF, sociedad controladora de las empresas Central Fiduciaria, S.A., Central Financiera de Créditos, S.A., y CF Services, Inc.
Es miembro de la Junta Directiva de la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá.
Por su experiencia ha ocupado puestos en las juntas directivas de:
Mi Banco, S.A., BMF
Grupo Financiero Rapi Préstamos, S.A.,
GS Relocation Panamá, S.A.
Canal Bank, S.A.
Nacional de Seguros de Panamá y Centroamérica, S.A.
Ha publicado innumerables artículos en el diario La Prensa, y los suplementos Martes Financiero y Épocas, especializándose en temas relacionados con la realidad económica mundial y la historia panameña.
Sus publicaciones incluyen:
“El Uso de la Tarjeta de Crédito en Panamá” 1990.
“La Búsqueda de Nuestra Identidad” 2006.
“El Triunfo de un Estadista, Vida y Obra de Enrique Jiménez” 2010.
“Cruzando Fronteras, Los Sellos de Panamá como Expresión de Historia, Cultura e Identidad” 2015
“Diablos Rojos Forever” 2017
“El Árbol Deshojado, Historia de Aristides Royo y su Época” 2018.
Isa
Publicado a las 16:38h, 12 septiembreUn muy buen trabajo, buen manejo de tecnisismos y orden del tema. Hay mucha claridad e información concreta. Felicidades por la excelente indagación a un tema de gran relevancia para la comunidad.
Central Fiduciaria
Publicado a las 07:39h, 05 octubreGracias Isa.