Impuesto Sobre la Renta de las Empresas en Panamá (ISR)
Panamá es uno de los países más favorables desde el punto de vista tributario para invertir, su marco fiscal es tremendamente atractivo y las corporaciones lo aprovechan para conseguir una reducción significativa a la hora de pagar impuestos.
El hecho de constituir una empresa en un lugar distinto al que se reside, en nuestro caso en Panamá, hace imprescindible conocer el régimen fiscal y tributario del país donde se va a instalar la nueva compañía.
Cada país posee un marco normativo diferente, por ello es necesario asesorarse con profesionales especialistas en la materia como es el caso del equipo de abogados de Central Fiduciaria, S.A.
Panamá no cuenta con una legislación específica acerca de la Inversión Extranjera Directa, a diferencia de la mayoría de los países, por lo que su normativa fiscal se aplica indistintamente a nacionales y extranjeros. Es este principio de no discriminación lo que convierte a Panamá en un país atractivo para invertir.
Conceptos a tener en cuenta para entender el ISR
- Residencia fiscal: una empresa es considerada residente fiscal si está constituida en Panamá o si su actividad principal radica allí.
- Base imponible: Panamá opera con un régimen tributario de carácter territorial, esto quiere decir que tanto las empresas residentes como las no residentes han de tributar por los ingresos generados en el país.
- Ingresos gravables y no gravables
- Los únicos ingresos gravables son aquellos situados dentro del territorio panameño: toda venta de productos o servicios a personas, entidades o compañías en Panamá se consideran fuente de ingreso de Panamá.
- Por el contario, todos aquellos ingresos o ventas realizadas fuera del país estarán consideradas como exentas desde el punto de vista tributario.
- Dos ejemplos de ingresos gravables: los obtenidos por el arrendamiento o venta de bienes raíces en Panamá y las comisiones e intereses devengados de préstamos que financien negocios en Panamá.
- Ejemplos de bienes no gravables: existe un régimen especial para los negocios de tipo “call centers” que exime sus ingresos del impuesto sobre la renta, los comercios que facturen productos que no se consumen o ingresan en Panamá tampoco son gravables, al igual que los ingresos que reciben aquellas compañías que faciliten actividades comerciales fuera de Panamá.
- Dos ejemplos de ingresos gravables: los obtenidos por el arrendamiento o venta de bienes raíces en Panamá y las comisiones e intereses devengados de préstamos que financien negocios en Panamá.
Exención de impuestos sobre los intereses.
En los siguientes supuestos, los ingresos por intereses detallados a continuación están exentos de tributación, y por lo tanto se considera renta no gravable.
- Intereses de ahorros de cuentas corrientes y cuentas bancarias a plazo en bancos con licencia en Panamá.
- Intereses de títulos de deuda debidamente registrados en la Comisión Nacional de Valores y que coticen en bolsa.
- Prestamistas e instituciones financieras no residentes que reciban intereses y comisiones pagadas por bancos panameños o por la construcción de viviendas están también libres de impuestos.
Deducciones fiscales
Se podrán deducir como gastos aquellos costes en los que incurra la empresa que por su naturaleza sirvan para generar ingresos o bien para mantener el negocio. Estos gastos considerados como deducibles en la declaración de la renta deberán estar debidamente documentados y solo podrán desgravarse en el mismo ejercicio fiscal en el que tuvieron lugar.
¿Cómo se calcula el ingreso gravable?
El ingreso gravable es el resultado de restar al ingreso bruto el ingreso de fuente extranjera y el ingreso exento.
Tasa aplicable al ISR
A partir del año 2010 las tasas se redujeron del 30% al 27,5%, y desde el año 2011 la tasa aplicable es de un 25%.
Si la empresa tiene en su accionariado al Gobierno en más de un 40%, esta tributará al 30%. Existe un régimen especial para compañías dedicadas a la agricultura y para pequeñas empresas con una tasa más baja.
Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y Prestación de Servicios (ITBMS)
- Es del 7%.
- Bebidas alcohólicas y hotelería se gravan al 10%.
- Tabaco y productos derivados del tabaco se gravan al 15%.
¿Cómo se calcula el Impuesto Sobre la Renta de las empresas?
El cálculo es realmente sencillo y consiste en multiplicar ese porcentaje por el ingreso gravable neto.
Por ejemplo, si una compañía obtiene $500.000 de ingreso gravable neto, en circunstancias normales y tributando a una tasa del 25% debería abonar a las arcas panameñas la cantidad de $125.000.
La empresas con un ingreso neto gravable superior a $1,5 tienen un régimen diferente, es lo que se conoce como Cálculo Alternativo de Impuesto a la Renta (CAIR) y deberán abonar una tasa que será la mayor de las siguientes cantidades resultantes:
- 25% del ingreso neto gravable, o
- 4,67% del ingreso total gravable.
Pagos mensuales
Desde 2011 todas las empresas están obligadas a pagar su impuesto sobre la renta estimado el 15 de cada mes, la cantidad se calcula aplicando el 1% del toral del ingreso gravable acumulado del mes anterior.
A esta figura se la denomina “Impuesto Sobre la Renta Mensual por Adelantado” o MITA. Las empresas que comercializan productos derivados del petróleo, la industria farmacéutica, alimentación o productos médicos pagan un MITA diferente.
Al final del ejercicio fiscal la empresa determina el total del impuesto sobre la renta a ingresar y resta estos ingresos a cuenta pagados mensualmente para determinar el impuesto a pagar.
Si el total de MITA, o pagos adelantados, fuera mayor que el importe a ingresar la empresa puede obtener un crédito fiscal para ser deducido de los siguientes MITAs a pagar.
Todas las empresas pagan un impuesto de franquicia de $300 al año.
Pérdidas
Las pérdidas empresariales pueden ser prorrogadas hasta 5 años siempre y cuando éstas no excedan del 20% de la pérdida total de un año. Industrias como la minería, cuentan con planes especiales de pérdida.
Presentación de la declaración anual
Las empresas están obligadas a presentar la declaración anual del impuesto sobre la renta a los 3 meses de finalización del ejercicio fiscal.
La mayoría de la empresas se rigen por el calendario regular para determinar su año fiscal, pero se puede solicitar la aprobación de un año fiscal distinto.
Estos son a grandes rasgos el funcionamiento tributario de las empresas en Panamá, no dude en consultar con nuestro equipo de profesionales de Sucre Law si necesita asesoramiento en materia fiscal y tributaria para su negocio.
Fernando Sucre Míguez nació en la ciudad de Panamá, República de Panamá en 1967.
Desde 1990 es Licenciado en Derecho y Ciencia Políticas de la Universidad de Panamá. En 1995 fundó la firma forense Sucre, Briceño & Co., especializándose en Derecho Corporativo y Financiero, siendo reconocido en esos campos por Chambers & Partners y Legal 500.
En adición, ha laborado en el sector público de Panamá ocupando el cargo de Director de Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno y Justicia en dos oportunidades, en 1991 y 1999 y designado Viceministro Encargado del Ministerio de Gobierno y Justicia en el 2001. En el año 2002, el Órgano Ejecutivo lo declara idóneo para ocupar el puesto de Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Actualmente es Cónsul Honorario de Nueva Zelandia en Panamá.
Paralelamente ha desarrollado una carrera como empresario financiero e inmobiliario a través de sus propias compañías. Es Fundador y Presidente de la Junta Directiva de Grupo Financiero CF, sociedad controladora de las empresas Central Fiduciaria, S.A., Central Financiera de Créditos, S.A., y CF Services, Inc.
Es miembro de la Junta Directiva de la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá.
Por su experiencia ha ocupado puestos en las juntas directivas de:
Mi Banco, S.A., BMF
Grupo Financiero Rapi Préstamos, S.A.,
GS Relocation Panamá, S.A.
Canal Bank, S.A.
Nacional de Seguros de Panamá y Centroamérica, S.A.
Ha publicado innumerables artículos en el diario La Prensa, y los suplementos Martes Financiero y Épocas, especializándose en temas relacionados con la realidad económica mundial y la historia panameña.
Sus publicaciones incluyen:
“El Uso de la Tarjeta de Crédito en Panamá” 1990.
“La Búsqueda de Nuestra Identidad” 2006.
“El Triunfo de un Estadista, Vida y Obra de Enrique Jiménez” 2010.
“Cruzando Fronteras, Los Sellos de Panamá como Expresión de Historia, Cultura e Identidad” 2015
“Diablos Rojos Forever” 2017
“El Árbol Deshojado, Historia de Aristides Royo y su Época” 2018.
migdalia
Publicado a las 11:13h, 31 eneroExcelente y precisa la información, gracias
Central Fiduciaria
Publicado a las 04:58h, 03 febreroGracias!