Es el contrato por medio del cual, en un acto de confianza, una persona natural o jurídica llamada Constituyente o Fideicomitente entrega o transfiere a una entidad Fiduciaria, uno o más bienes determinados con el objeto de cumplir una finalidad en provecho del constituyente o de un tercero a quien expresamente éste determine.
La entidad fiduciaria se compromete a realizar su mejor esfuerzo para conseguir el objetivo señalado por su cliente, administrando los bienes recibidos para tal efecto. Es un contrato de medio y no de resultado. Constituye un híbrido entre la banca tradicional y la banca de inversión.
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