Ventajas de crear una Fundación de Interés Privado
Hemos dedicado sendos artículos en un nuestro blog acerca de las Fundaciones de Interés Privado, en concreto:
- Las diferencias entre las Fundaciones de Interés Privado y el Fideicomiso.
- Cómo crear una Fundación de Interés Privado en Panamá.
- Los fines u objetivos de las Fundaciones de Interés Privado.
- Características de las Fundaciones de Interés Privado.
¿Qué son y cómo funcionan las fundaciones de interés privado?
Pero antes de comenzar a destacar las ventajas de las Fundaciones de Interés Privado, queremos volver a recordar a nuestros lectores que es una Fundación de Interés Privado.
De acuerdo a las leyes panameñas, es una figura jurídica que se constituye cuando una persona denominada fundador traspasa bienes al ente patrimonial conocido como fundación para que puedan ser administrados y supervisados a través de un consejo fundacional a favor de unos beneficiarios.
Se trata de una buena opción para aquellos individuos que quieran proteger y salvaguardar su patrimonio.
La fundación tiene tanto un documento público, conocido como el acta fundacional, como un documento privado o reglamento fundacional el cual establece todas las normativas que rigen el funcionamiento de la fundación. Tanto en cuanto a los tipos de bienes, los beneficiarios, los establecidos como protectores, así como las normas de distribución y hereditarias.
Las Fundaciones de Interés Privado son una excelente herramienta para proteger y segregar el patrimonio de un individuo o mercantil.
Ventajas de constituir una fundación de interés privado.
Es por esto que la Fundación de Interés Privado, al tratarse de una forma sencilla, segura y confidencial de administrar y poseer un patrimonio específico, presenta las siguientes ventajas:
- Al tratarse de una forma que beneficia a un individuo o a un grupo de ellos no cuenta con la figura de accionistas o socios.
- El fundador puede ejercer también como beneficiario.
- Está completamente libre de impuestos, ya que con esta forma de patrimonio sólo se tiene que cancelar una tasa única anual establecida.
- Gracias a que está libre de renta, no hay que registrar ninguna declaración anual o estados financieros.
- Los bienes que son parte de las Fundaciones de Interés Privado no pueden ser objeto de embargo, en principio, ni responderán por deudas de su fundador, beneficiaros o miembros del consejo fundacional. Remarcamos lo de en principio, ya que las leyes protegen a los acreedores de acciones llevadas en fraude de ley por parte de los fundadores que hayan elegido la creación de una fundación para evitar hacer frente a sus obligaciones. La leyes panameñas establecen un máximo de tres años para que los acreedores puedan reclamar esa supuesta cesión fraudulenta de bienes ante los tribunales y hacer valer sus derechos.
- El fundador puede disponer del patrimonio de la fundación, ya sea de forma revocable o irrevocable.
- Las Fundaciones de Interés Privado cuentan con un alto nivel de confidencialidad, esto quiere decir que no existen requisitos legales que exijan se revele el nombre de los fundadores o beneficiarios.
- No existe un límite legal de patrimonio permitido.
- Son flexibles, ya que el fundador puede incorporar nuevos bienes al patrimonio cuando lo desee.
- Dichos bienes pueden estar o ser invertidos en cualquier parte del mundo. Lo cual también permite que las transacciones tanto civiles como comerciales, relacionadas a los bienes de las fundaciones puedan hacerse en cualquier moneda y en cualquier parte del mundo.
- Las Fundaciones de Interés Privado se constituyen rápidamente, de hecho, puede llevar tan sólo 4 días.
- El mantenimiento de este tipo de patrimonio incluye precios de incorporación y mantenimiento que valen la pena en términos de inversión.
En definitiva, las Fundaciones de Interés Privado son una excelente herramienta para proteger y segregar el patrimonio de un individuo o mercantil. Sin embargo, antes de establecer una Fundación de Interés Privado es importante contar con el asesoramiento de abogados especializados como es el caso de Central Fiduciaria, S.A. para que puedan reconocer si es esta es la mejor opción para sus intereses económicos y fiscales dentro de un amplio abanico de posibilidades.
Contáctenos sin compromiso en el (507) 306-1230 o través del formulario ubicado en nuestra web.
Fernando Sucre Míguez nació en la ciudad de Panamá, República de Panamá en 1967.
Desde 1990 es Licenciado en Derecho y Ciencia Políticas de la Universidad de Panamá. En 1995 fundó la firma forense Sucre, Briceño & Co., especializándose en Derecho Corporativo y Financiero, siendo reconocido en esos campos por Chambers & Partners y Legal 500.
En adición, ha laborado en el sector público de Panamá ocupando el cargo de Director de Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno y Justicia en dos oportunidades, en 1991 y 1999 y designado Viceministro Encargado del Ministerio de Gobierno y Justicia en el 2001. En el año 2002, el Órgano Ejecutivo lo declara idóneo para ocupar el puesto de Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Actualmente es Cónsul Honorario de Nueva Zelandia en Panamá.
Paralelamente ha desarrollado una carrera como empresario financiero e inmobiliario a través de sus propias compañías. Es Fundador y Presidente de la Junta Directiva de Grupo Financiero CF, sociedad controladora de las empresas Central Fiduciaria, S.A., Central Financiera de Créditos, S.A., y CF Services, Inc.
Es miembro de la Junta Directiva de la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá.
Por su experiencia ha ocupado puestos en las juntas directivas de:
Mi Banco, S.A., BMF
Grupo Financiero Rapi Préstamos, S.A.,
GS Relocation Panamá, S.A.
Canal Bank, S.A.
Nacional de Seguros de Panamá y Centroamérica, S.A.
Ha publicado innumerables artículos en el diario La Prensa, y los suplementos Martes Financiero y Épocas, especializándose en temas relacionados con la realidad económica mundial y la historia panameña.
Sus publicaciones incluyen:
“El Uso de la Tarjeta de Crédito en Panamá” 1990.
“La Búsqueda de Nuestra Identidad” 2006.
“El Triunfo de un Estadista, Vida y Obra de Enrique Jiménez” 2010.
“Cruzando Fronteras, Los Sellos de Panamá como Expresión de Historia, Cultura e Identidad” 2015
“Diablos Rojos Forever” 2017
“El Árbol Deshojado, Historia de Aristides Royo y su Época” 2018.
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